JUZGADO DE POLICÍA LOCAL

Isabel Coronel Martínez

  • icoronel@munisg.cl
  • +56 998496339
  • Av. Salvador Allende #103

Funciones del Juzgado de Policía Local

La Organización y Atribuciones de los Juzgado de Policía Local se regirán por las disposiciones de la presente ley.

Artículo 2.- En las ciudades cabeceras de provincias y en las comunas que tengan una entrada anual superior a treinta sueldos vitales anuales del departamento de Santiago, la administración de la justicia será ejercida por funcionarios que se denominarán Jueces de Policía Local.

Con el acuerdo de la mayoría de los Regidores en ejercicio y la ratificación de la Asamblea Provincial podrá nombrarse Juez de Policía Local en comunas de ingreso menor que el indicado en el inciso anterior.

En las demás, dichas funciones serán desempañadas por los Alcaldes, en conformidad a las reglas que se establecen en esta ley. Ver más Ley 15.231 sobre Juzgado de Policía Local.

El Juzgado de Policía Local es una Unidad operativa que depende jerárquica y funcionalmente de la Ilustrísima Corte de Apelación de Antofagasta y la Municipalidad en cuanto a administración de personal, y tiene como objeto conocer las faltas, infracciones y demás materias señaladas en la Ley N° 15.231, Ley N° 18.290 y otras- normas legales y reglamentarias. Ver más Artículo 95 y 96 Reglamento Interno de la Municipalidad de Sierra Gorda N° 001/2018

I. Secretaría Abogado del Tribunal

Encargada de asistir al Juez del Juzgado de Policía Local en el desarrollo de la función jurisdiccional, actuando como ministro de fe del tribunal y asegurando el cumplimiento de las disposiciones legales vigentes. Ver más Artículo 97 y 98 Reglamento Interno de la Municipalidad de Sierra Gorda N°001/2018

II. Actuario/Administrativo del Tribunal

Responsable de la gestión administrativa del Juzgado de Policía Local, incluyendo la atención a los usuarios, el manejo de información judicial y la tramitación administrativa de las causas. Además, debe registrar declaraciones, preparar expedientes para fallo y coordinar el despacho de información entre el tribunal, el municipio y otras instituciones. Ver más Artículo 99 Reglamento Interno de la Municipalidad de Sierra Gorda N° 001/2018