JUZGADO DE POLICÍA LOCAL

Isabel Coronel Martínez

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Funciones del Juzgado de Policía Local

La Organización y Atribuciones de los Juzgado de Policía Local se regirán por las disposiciones de la presente ley.

Artículo 2.- En las ciudades cabeceras de provincias y en las comunas que tengan una entrada anual superior a treinta sueldos vitales anuales del departamento de Santiago, la administración de la justicia será ejercida por funcionarios que se denominarán Jueces de Policía Local.

Con el acuerdo de la mayoría de los Regidores en ejercicio y la ratificación de la Asamblea Provincial podrá nombrarse Juez de Policía Local en comunas de ingreso menor que el indicado en el inciso anterior.

En las demás, dichas funciones serán desempañadas por los Alcaldes, en conformidad a las reglas que se establecen en esta ley. Ver más Ley 15.231 sobre Juzgado de Policía Local.

El Juzgado de Policía Local es una Unidad operativa que depende jerárquica y funcionalmente de la Ilustrísima Corte de Apelación de Antofagasta y la Municipalidad en cuanto a administración de personal, y tiene como objeto conocer las faltas, infracciones y demás materias señaladas en la Ley N° 15.231, Ley N° 18.290 y otras- normas legales y reglamentarias. Ver más Artículo 95 y 96 Reglamento Interno de la Municipalidad de Sierra Gorda N° 001/2018

I. Secretaría Abogado del Tribunal

Encargada de asistir al Juez del Juzgado de Policía Local en el desarrollo de la función jurisdiccional, actuando como ministro de fe del tribunal y asegurando el cumplimiento de las disposiciones legales vigentes. Ver más Artículo 97 y 98 Reglamento Interno de la Municipalidad de Sierra Gorda N°001/2018

II. Actuario/Administrativo del Tribunal

Responsable de la gestión administrativa del Juzgado de Policía Local, incluyendo la atención a los usuarios, el manejo de información judicial y la tramitación administrativa de las causas. Además, debe registrar declaraciones, preparar expedientes para fallo y coordinar el despacho de información entre el tribunal, el municipio y otras instituciones. Ver más Artículo 99 Reglamento Interno de la Municipalidad de Sierra Gorda N° 001/2018

SECRETARIA ABOGADA

Waleska Mallea Olivares

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ACTUARIA

Mabel Cifuentes Rojas

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ACTUARIA

Yarittza Torres Barraza

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ACTUARIO

Mario Cortés Salazar

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HORARIO DE ATENCIÓN JUZGADO

Lunes a Viernes: 09:00 – 13:00 hrs.

HORARIO ATENCIÓN AUDIENCIAS

Lunes, miércoles y viernes desde las 09:00 hasta las 13:00 hrs

Envío de documentación de tribunales:

Casilla 1240 Correos de Chile, Antofagasta

El Juzgado de Policía Local es un órgano jurisdiccional al cual le competen todas aquellas materias a que se refiere la Ley Nº 15.231. Su función es administrar justicia dentro de la comuna de Sierra Gorda en todas las materias en que la ley le ha dado competencia.

Materias

Es de competencia de los Juzgados de Policía Local, las infracciones a:

1.- Normas sobre el transporte por calles y caminos y el tránsito libre de las personas;

2.- Ordenanzas, reglamentos, acuerdos municipales y decretos de la alcaldía;

3.- Ley sobre Rentas Municipales;

4.- Ciertas normas de la ley sobre expendio y consumo de bebidas alcohólicas;

5.- Ciertas normas sobre espectáculos públicos, diversiones y carreras;

6.- Normas sobre protección de derechos de los consumidores;

7.- Ciertas normas sobre espectáculos públicos, diversiones y carreras.

REQUISITOS PARA LA TRAMITACIÓN DE EXHORTOS

1.- Certificado de residencia de la comuna.

2.-  Fotocopia de cédula de identidad y del parte.

3.-  Sólo con boleta de citación no vencida, según Art. 5º de la Ley  Nº 18.287.

4.-  Se otorga permiso provisorio para conducir, si procede, por un tiempo de 30 días, y sólo será renovado en caso que a la fecha de renovación no exista sentencia condenatoria del tribunal exhortante.

5.-  El trámite debe ser realizado sólo por el infractor.

Importante: Las tramitaciones de causas ante este Tribunal no requieren del patrocinio de abogado habilitado para el ejercicio de la profesión, salvo aquellas materias donde se regulen daños y perjuicios de cuantía superior a 4 UTM, debiendo constituir mandato judicial.

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