Alcaldesa

ADRIANA RIVERA VEGA

adriana.riveravega@munisg.cl

  1. Alcaldesa

La alcaldesa es la máxima autoridad de la municipalidad y en tal calidad le corresponderá su dirección y administración superior y la supervigilancia de su funcionamiento.

Facultades, funciones y atribuciones:

  1. a)  Representar judicial y extrajudicialmente a la municipalidad;
  2. b)  Proponer al concejo la organización interna de la municipalidad;
  3. c)  Nombrar y remover a los funcionarios de su dependencia de acuerdo con las normas estatutarias que los rijan;
  4. d)  Velar por la observancia del principio de la probidad administrativa dentro del municipio y aplicar medidas disciplinarias al personal de su dependencia, en conformidad con las normas estatutarias que lo rijan;
  5. e)  Administrar los recursos financieros de la municipalidad, de acuerdo con las normas sobre administración financiera del Estado;
  6. f)  Administrar los bienes municipales y nacionales de uso público de la comuna que correspondan en conformidad a esta ley…Ver más Artículos 56, 63, 64, 65, 67 y 68, Ley N°18.695 Orgánica Constitucional de Municipalidades.

La Alcaldesa, a petición del Director de Obras Municipales, podrá ordenar la demolición de los edificios existentes y el desalojo de sus ocupantes con el auxilio de la fuerza pública, con cargo al propietario, sin perjuicio de las demás sanciones que procedan… Ver más Artículo 123 y 124, Ley General de Urbanismo y Construcciones.

La alcaldesa es la máxima autoridad de la municipalidad y en tal calidad le corresponderá su dirección y administración superior y la supervigilancia de su funcionamiento. Su objetivo es administrar la Comuna, para satisfacer las necesidades locales y promover el desarrollo, progreso económico, social y cultural… Ver más Artículos 04, 05 y 06 del Reglamento Interno de la Municipalidad de Sierra Gorda Nº 001/2018.